Legislación


Leyes en Educación

LOE: Ley Orgánica de Educación. 2/2006, 3 de Mayo.

LEA: Ley de Educación de Andalucía. 17/2007 de 10 de Diciembre.

LOMCE: Ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa. 8/2013 9 de Diciembre.


LOMCE

Árticulos:

1. ECD 65/2015 21 de Enero (competencia digital).

2. RD 126/2014 art. 2 (indagar en la normativa, competencia digital).

3. Artículo 7, el preámbulo de la ley tenderá: 

   3.1 La reforma de la formación profesional. 

   3.2 Potenciación del plurilingüísmo.

   3.3 Integración de la tecnología.

Artículo 111 BIS

12.10.2016

2. Los entornos virtuales de aprendizaje que se empleen en los centros docentes sostenidos con fondos públicos facilitarán la aplicación de planes educativos específicos diseñados por los docentes para la consecución de objetivos concretos del currículo, y deberán contribuir a la extensión del concepto de aula en el tiempo y en el espacio.

LEA 17/2007 10 de Diciembre

12.10.2016

Igualmente, en orden a mejorar la calidad de la educación y abordar los retos que plantea la sociedad de la información, en estos últimos años se ha iniciado una importante transformación dirigida a modernizar los centros educativos, facilitando la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación tanto a la práctica docente como....

Preámbulo LOMCE y LOMCE 9 de Diciembre

12.10.2016

Necesitamos propiciar las condiciones que permitan el oportuno cambio metodológico, de forma que el alumnado sea un elemento activo en el proceso de aprendizaje. Los alumnos y alumnas actuales han cambiado radicalmente en relación con los de hace una generación. La globalización y el impacto de las nuevas tecnologías hacen que sea distinta su manera de...

ORDEN de 17 de marzo de 2011, por la que se modifican las Órdenes que establecen la ordenación de la evaluación en las etapas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato en Andalucía (BOJA 04-04-2011).

ORDEN ECI/1957/2007, de 6 de junio, por la que se establecen los currículos de las enseñanzas de religión católica correspondientes a la educación infantil, a la educación primaria y a la educación secundaria obligatoria. (BOE 3-7-2007)


LOMCE, denominada popularmente como «ley Wert», es una ley del ordenamiento jurídico español con carácter de ley orgánica que modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), y seis artículos y una disposición adicional de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (LODE). 

Los principales objetivos que persigue la reforma son reducir la tasa de abandono temprano de la educación, mejorar los resultados educativos de acuerdo con criterios internacionales, tanto en la tasa comparativa de alumnos y alumnas excelentes, como en la de titulados en Educación Secundaria Obligatoria, mejorar la empleabilidad, y estimular el espíritu emprendedor de los estudiantes. Los principios sobre los cuales pivota la reforma son, fundamentalmente, el aumento de la autonomía de los centros, el refuerzo de la capacidad de gestión de la dirección de los centros, las evaluaciones externas de fin de etapa, la racionalización de la oferta educativa y la flexibilización de las trayectorias.

 Junto a estos principios es necesario destacar tres ámbitos sobre los que la LOMCE hace especial incidencia con vistas a la transformación del sistema educativo:

 -Las Tecnologías de la Información y la Comunicación, 

 -El fomento del plurilingüismo.

 -la modernización de la Formación Profesional española 

Los cambios que introduce la LOMCE en el sistema educativo español:


  • Pruebas de evaluación final para obtener el título de Graduado en ESO y el título de Bachiller.
  • Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento en la ESO
  • Mayor importancia de las «asignaturas troncales», diseñadas por el Gobierno 
  • Obligatoriedad de la oferta de enseñanzas cuya lengua vehicular sea el castellano
  • Educación plurilingüe
  • Se vuelve a dar plena validez académica a la asignatura de religión 
  • Nuevas modalidades de Formación Profesional: la Formación Profesional Básica y la Formación Profesional dual
  • Ampliación de las competencias del director en detrimento del Consejo Escolar
  • Institutos de Educación Secundaria con especialización curricular 
  • Libertad de enseñanza
  • Nueva relación en cuanto a la oferta de plazas entre la enseñanza pública y la privada concertada 
  • Posibilidad de construir y gestionar colegios privados concertados sobre suelo público
  • Conciertos con los colegios que separan por sexos 

Competencias clave:

Uno de los cambios más importantes que se ha realizado en la LOMCE es la disminución del número de competencias. Anteriormente contabamos con 8 competencias básicas, de las cuales contamos con 7 competencias clave.

1. Competencia en comunicación lingüística. 

2. Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.

3. Competencia digital.

4. Aprender a aprender.

5. Competencias sociales y cívicas.

6. Sentido de la iniciativa y espíritu emprendedor.

7. Conciencia y expresiones culturales.

A continuación nos vamos a centrar en la competencia digital.

Dicha competencia implica el uso creativo, crítico y seguro de las tecnologías de la información y la comunicación para sí, de esta manera, alcanzar los objetivos relacionados con el trabajo, la empleabilidad, el aprendizaje, el uso del tiempo libre, la inclusión y participación en la sociedad.  

Esta competencia consideramos que es muy importante en la actualidad, ya que se desarrollan todos los sentidos y además se trabaja con nuevas tecnologías, con la informática y aplicaciones.

Se desarrolla el procesamiento y uso para la comunicación la creación de contenidos, la seguridad y la resolución de problemas, tanto en contextos formales como no formales e informales.

Además satisface de manera eficaz el uso de las tecnologías, y de esta manera, se pueden resolver problemas, adquirir información e innovaciones sobre la tecnología y seleccionar nuevas fuentes de información.

Esta competencia nos puede ayudar a adquirir valores y actitudes, a ser críticos, activos para así adaptarnos a las tecnologías.

Nos ayuda a la participación y al trabajo colaborativo, motivándonos y produciéndonos curiosidad por el aprendizaje.


Philippe PERRENOUD (10 NUEVAS COMPETENCIAS)

1. Organizar y animar situaciones de aprendizaje 

2. Gestionar la progresión de los aprendizajes. 

3. Elaborar y hacer evolucionar dispositivos de diferenciación.

4. Implicar a los alumnos en sus aprendizajes y su trabajo. 

5. Trabajar en equipo.

6. Participar en la gestión de la escuela.

7. Informar e implicar a los padres.

8. Utilizar las nuevas tecnologías.

9. Afrontar los deberes y los dilemas éticos de la profesión.

10. Organizar la propia formación continua. 


Niveles de concreción

1º Normativa (estatal y autonomía)

Ley, Real Decreto 126/2014 -> Nivel estatal

LOMCE y LEA

Decreto 97/2015, Orden 17 de Marzo de 2015, instrucción (biblioteca)  -> autonomía.

2º Plan de centro.

Proyecto educativo:

-PE -> Proyecto educativo (planes) 

     * Plan de atención a la diversidad.

     * Formación del profesorado, programación didáctica de ciclo.

-ROF -> Reglamento de organización y funcionamiento. 

3º Programación didáctica de aula.

4º Adaptaciones 

- Significativa ( objetivos y criterios de evaluación).

- No significativa 

- Alta capacidad.

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